Mi planilla para independientes

Si eres un trabajador independiente ya no debes preocuparte por cómo o cuándo pagar los aportes del Sistema de Seguridad Social Integral, ya que ‘Mi planilla’ te asesora para que puedas registrarte en la plataforma y realizar tu pago de forma segura.

Esta plataforma se rige por las leyes y decretos de la Superintendencia Financiera de Colombia, que supervisa que los empleados independientes no vayan a cotizar más de lo que está establecido y por el Ministerio de Salud y Protección Social quien coordina el correcto aseguramiento en salud y riesgos profesionales.

Solo debes registrarte a través de mi planilla como independientes, para que puedas realizar en un pago único los aportes que debes cancelar.

¿De qué se trata mi planilla para independientes?

‘Mi planilla’ es una plataforma sencilla, que permite instruir a los trabajadores independientes a realizar los pagos correspondientes al Sistema de Seguridad Social Integral. La misma cuenta con especialistas que asesoran a los trabajadores sobre sus cotizaciones.

Esta planilla electrónica permitirá que los pagos de los aportes y de los parafiscales, se realicen con solo seleccionar la planilla que desean pagar. Para esto es necesario que para registrar mi planilla como independientes, el trabajador se registre en la página MiPlanilla.com con los datos correctos.

Es importante mencionar que los datos que suministre estarán muy bien protegidos y con la confiabilidad necesaria, ya que es un sistema muy seguro. Incluso este sistema no posee algún costo y dispone de una correcta seguridad en la información.

Tipos de trabajadores independientes

Trabajadores independientes

Se trata de un trabajador que realiza una actividad económica por cuenta propia. Estos tienen el deber de realizar las cotizaciones a la Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP).

Trabajadores independientes con contratos 

Se trata de trabajadores que asumen un contrato a corto plazo. Estos no solo deben estar afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP) y a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), igualmente deben cotizar al Sistema General de Riesgos Laborales.

Trabajadores independientes con cotización voluntaria

Es un trabajador independiente que voluntariamente decidan cotizar al Sistema General de Riesgos Laborales. En este caso los trabajadores no podrán ganar menos de un salario mínimo, ni más de veinticinco (25) salarios.

Aunque deberán pagar al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y a las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP).

Los trabajadores independientes pueden realizar todas las cotizaciones o aportes a través de la plataforma de mi planilla como independientes. Solo deberán registrarse asumiendo uno de los 3 tipos de trabajadores independientes y desde la página seleccionar el tipo de aporte que desea realizar.

¿Que debe pagar el trabajador independiente?

Las personas naturales que ejerzan un trabajo por cuenta propia deberán pagar las cotizaciones del Sistemas Generales de Salud y Pensión. Algunas de estas cotizaciones son los siguientes:

Cajas de Compensación Familiar (CCF)

Este subsidio busca compensar a los trabajadores con ingresos medianos y menores, ya que su cotización será redistribuida con la realización de pagos en servicios o dinero. Los trabajadores independientes podrán afiliarse a este tipo de aportes ya así lo expresa la ley 789, promulgada en el año 2002.

Para realizar esta afiliación, los trabajadores deberán estar asociados al sistema de salud y pensión, ya que las cotizaciones serán las mismas. Si bien los trabajadores independientes no tendrán derecho al subsidio monetario.

Entidades Promotoras de Salud (EPS)

Se trata de la afiliación de empresas que suelen prestar servicios médicos y que son parte del Sistema de Seguridad Social de Colombia. Los beneficios del registro en las EPS, incluyen prestar servicios médicos al trabajador y su familia.

La afiliación a este servicio es obligatoria, incluso si esta afiliación se pierde al romper el vínculo laboral, puede seguir recibiendo los beneficios al estar incluido en el SISBEN o si es un trabajador independiente. Entre sus beneficios, el trabajador podrá acceder a una atención en casos de emergencias o ambulatoria, así como prestar servicios oncológicos, de oftalmología y odontología.

Los trabajadores independientes seguirán afiliados por medio del Régimen Contributivo. Este registro se realiza a través de mi planilla como independientes, allí pueden seleccionar a la Entidades Promotoras de Salud de la cual estaban afiliados anteriormente y realizar los pagos correspondientes.

Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP)

Para incluirse a este subsidio los trabajadores independientes deberán afiliarse a través de la plataforma de ‘Mi planilla’, los datos suministrados serán  verificados por el Sistema General de Pensiones.

El sistema deberá verificar los datos de identificación suministrados, qué tipo de Entidades Promotoras de Salud (EPS) dispone y el registro de fondos de pensiones al cual está afiliado. Este último deberá tener los mismos datos que posee la Base Única de Afiliados (BDUA), sino se realizará la respectiva corrección.

A través de mi planilla como independientes, se pueden realizar los pagos de cesantías y la liquidación correspondiente. Allí se encuentra la información suministrada al Fondo Nacional del Ahorro y los pagos realizados.

Esta plataforma permite que se realicen los pagos a diferentes entidades bancarias y a la mayoría de Fondos de Pensiones.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

Este es un ente que busca brindar protección a las familias Colombianas, prestándoles una seguridad a niños, niñas, adolescentes y jóvenes que tengan un estilo de vida vulnerable. Este tiende a ser un aporte parafiscal, el cual no deben pagar los trabajadores independientes.

La ley permite que los trabajadores independientes que deseen afiliarse y pagar a la caja de compensación familiar puedan hacerlo.  A través de ‘Mi planilla’ se selecciona a la administradora de CCF que está afiliada y se realiza la cotización.

Es importante mencionar que si en algún momento el trabajador independiente es contratado por alguna empresa, durante ese periodo podrá ser afiliado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP)

Los beneficios de realizar cotizaciones a la Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), es que al momento de que el trabajador sufra un accidente o se vea afectado por una enfermedad laboral. Pueden recibir atención de parte de este ente que integra el Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI).

Los trabajadores independientes no tienen el deber de estar afiliado a la Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), pero sí tienen el derecho de hacerlo de forma voluntaria. Se trata de trabajadores independientes con contratos  inferiores a un mes.

Su afiliación será realizada por el contratante, allí se describe la actividad que desempeña y los riesgos que están expuestos. Si el empleador no hace el registro él tomará toda la responsabilidad en caso de que suceda algún inconveniente con el trabajador.

Para que la afiliación de un trabajador independiente sea procesada, es necesario que el trabajador esté afiliado a la Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (AFP). Por medio de mi planilla como independientes, se puede realizar este pago sin inconvenientes.

Excepciones de cotizaciones

El trabajador independiente está exento a pagar algunos aportes, como el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) el cual no se cotiza por la falta de un salario mínimo fijo. También quedan excluidas las cotizaciones al Ministerio de Educación (MINEDU) y a la Escuela de Administración Pública (ESAP).

 

 

 

 

 

 

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