El COVID-19 es una pandemia que afectó en gran parte a la economía, ya que las personas se vieron obligadas por su salud y la de los demás a no abandonar sus hogares. Dejando de realizar sus labores, así sean trabajadores dependientes e independientes.
El decreto de urgencia N° 033-2020 surge debido a los problemas económicos que trajo dicha pandemia. Este decreto otorga a los trabajadores del sector privado un subsidio, no mayor a 35%. De esta manera se incentiva a los empleadores a no realizar reducción de personal y mantener a los trabajadores, garantizándoles las medidas de protección contra la pandemia.
Aspectos que permitan optar por el subsidio del 35%
¿Quién recibirá el subsidio?
El empleador recibirá un subsidio por cada trabajador, que tenga un cargo como subordinado, que genere rentas de quinta categoría. Donde su salario sea igual o menor a S/ 1 500, se tomarán en cuenta los trabajadores que laboraron en la empresa hasta el 15 de marzo de 2020.
Se realizará una suma de los pagos mensuales de los trabajadores, de acuerdo a este cálculo el subsidio no deberá ser mayor al 35% de dicha suma. Aunque la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), será quien establezca el valor del subsidio a otorgar.
SUNAT enviará la base de datos de los empleadores aprobados para la cancelación del subsidio al Banco de la nación. Allí los empleadores podrán conocer el valor del subsidio aprobado, verificando por medio del Código de Cuenta Interbancaria (CCI) y por el Registro Único de Contribuyente (RUC).
Es importante mencionar que el subsidio será para los empleadores, con este beneficio económico que representa a cada trabajador se podrá efectuar los pagos de la planilla del empleador.
¿Cuál es la planilla del empleador?
El Registro de Información Laboral T-Registro es una base de datos perteneciente a Sunat, donde los empleadores deben registrar a sus empleados y pensionados. Este registro se efectúa cada mes, con el fin de mantener la base de datos actualizada frente a los nuevos empleados y los que ya no laboran en la empresa.
En la planilla electrónica de pago se deberá describir el sueldo base que reciben los empleados, los aportes a EsSalud que aplica un 9%, gratificación, vacaciones, compensación por tiempos de servicio (CTS), así como la asignación familiar y los aportes al seguro integral de salud (SIS) cuando apliquen.
Cada uno de estos pagos debe realizarse de forma mensual, se considera el tipo de empresa que posea ya sea micro, pequeña o de régimen general. La suma de los beneficios laborales y pagos adicionales, pueden ser altos si la empresa ha tenido un declive en sus ganancias. Es por ello que el subsidio de 35% viene a solventar este tipo de problemas.
El subsidio del 35% o el 26% en caso de las microempresas y pequeñas empresas, es otorgado a los empleadores por cada uno de los empleados que laboren durante el periodo del mes de febrero del 2020 hasta el 16 de marzo del mismo año. Empleados que además cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Esto con la finalidad de que dicho beneficio económico, sirvan para cancelar la planilla electrónica. El estado decidió subsidiar a las empresas privadas, con el fin de evitar que las empresas puedan realizar reducción de personal en tiempo de pandemia.
Pasos para recibir el subsidio